Constancia de sanidad
CONSTANCIA DE SANIDAD MUNICIPAL
DEPENDENCIA. Comisión de sanidad
Regiduría 7. Chagoya
H. Ayuntamiento constitucional de Poza Rica de hidalgo, Ver.
Regiduría 7ª comisionada en salud, asistencia pública, policía y prevención del delito.
Aviso importante
Se informa a los propietarios de los siguientes establecimientos con giro de :
Restaurantes, loncherías, taquerías, marisquerías, fondas, torterías, pizzerías, cafeterías, fuent6es de sodas, molinos, tortillerías, panaderías, carnicerías, pescaderías, pollerías etc.
Bares, restaurant-bar, centros nocturnos, discotecas, billares, video-bar, café-bar, cantabares, cervecerías
Salones de belleza, peluquerías, cines, teatros, funerarias, salones para eventos sociales, centros recreativos, hoteles, moteles, laboratorios clínicos, clínicas, hospitales, dispensarios médicos, consultorios médicos particulares.
Centros de abasto, tiendas de autoservicio, súper y minisúper, tiendas de abarrotes.
Guarderías, cooperativas escolares, etc.
Que con fundamento en los artículos 4, 5, 6, 7, 8 y demás aplicables del reglamento de sanidad de este municipio, están obligados a tramitar y obtener de la Comisión de Salud y Asistencia Pública la CONSTANCIA DE SANIDAD MUNICIPAL.
Para obtener la CONSTANCIA DE SANIDAD MUNICIPAL deberán dar cumplimiento a los siguientes REQUISITOS:
1.- Solicitud por escrito dirigida a: Lic. Miguel Ángel Chagoya Pérez, regidor 7º Comisionado en Salud, asistencia pública, policía y prevención del delito del H. Ayuntamiento de Poza Rica de Hidalgo, Ver. (Solicitar formato C-1)
2.- Escrito bajo protesta de decir verdad que cuenta con (Solicitar formato C-2):
a) Piso sanitario
b) Paredes de fácil aseo (Como mosaico, cemento, pintura de aceite)
c) Servicio de Agua Potable
d) Sanitarios y lavabos (Debidamente aseados y desinfectados)
e) Cestos de basura debidamente tapados
3.- Copia del comprobante der domicilio del establecimiento (agua, luz, predial o en su caso copia del contrato de arrendamiento).
4.- croquis de ubicación del establecimiento.
5.- Copia de credencial de elector del propietario.
6.- Copia de aviso de funcionamiento o apertura, expedida por Jurisdicción Sanitaria Nº III.
7.- Copia de constancia de fumigación vigente, expedida por prestadores de servicio debidamente registrados ante la comisión de salud de este H. Ayuntamiento.
8.- Copia de licencia de funcionamiento expedida por Tesorería Municipal.
9.- En los casos de establecimientos a donde elaboren o manejen alimentos para venta al público, deberán de presentar CARTA-COMPROMISO, donde se obliguen a vigilar que se cumpla con las obligaciones previstas en los artículo 5, 6, 7 y demás aplicables del reglamento de Sanidad según sea el caso. (Solicitar formato C-3)
10.- Cumplir con la inspección sanitaria satisfactoria, practicada por la Comisión.
UNA VEZ CUMPLIDOS LOS REQUISITOS SEÑALADOS Y PREVIA INSPECCIÒN SANITARIA, SE CUBRIRÀ EL COSTO DE LA CONSTANCIA DE SANIDAD EN LA TESORERÌA MUNICIPAL QUE TENDRÀ UN COSTO DE ACUERDO A SU GIRO COMERCIAL.



